se halla en la armada que lleva a cargo el conde de Sancta Gadea he Resuelto que se
divida En tres Terçios y que los dos se aloxen en Galicia y tierra de ciudad R(odrig)o y
Salamanca y el Terçero en El prinçipado de asturias y que se estienda a esas Vi
llas de que ha pareçido advertiros y encargaros y mandaros como lo hago que a la
gente del d(ic)ho Terçio que ay fuere la hagays aloxar Repartiendola en los lugares
de V(uest)ra Juridiçion como mejor os pareçiere y comforme a lo que El d(ic)ho conde os es
Criviere çerca del numero de las compañias que embiare Para este effecto al
d(ic)ho prinçipado y a esas Villas con quien os Correspondereys para que tanto
mejor se açierte d[e] el Campillo a catorze de novi(emb)re de 1596
Por man(da)do del Rey n(uest)ro señor
Andres de prada
de Catorze de noviembre de 96 so
bre el alojar de la gente del ar
mada qu[e] esta a Cargo del conde de
Santa Gadea
Por el Rey
A su correg(id)or de las quatro Vi(ll)as de la costa de la Mar