aber en las çiudades Villas y lugares de estos Reynos para execuçion del santo ofiçio de la ynquisiçion se nom
bran mas de los que conforme a ella puede aber y que no son llanos y pacificos como en ella se manda y porq(ue) la bo
luntad de su mag(esta)d es que no se exçeda del d(ic)ho numero y que los que se nombraren sean llanos y pacificos como
se dispone por la d(ic)ha çedula luego que esta Reçibieredes ynbiareis al consejo Relaçion en Manera que haga fee
Por donde [conste] los familiares que ay en esas Villas y lugares de su tiera y Juridiçion y exsimidos d[e] ellas y en quales
d[e] ellos no concuren (1) las calidades d(ic)has de lo qual adbertereis en particular y de aqui adelante ynbiareis copia del nom
bram(ien)to de los que se hiçieren para q(ue) Visto se Probea lo que conviniese y para q(ue) los corregidores q(ue) fueren de esas Villas
Tengan entendido lo que an de haçer en esto y lo cumplan Hareis asentar esta carta en el libro del ayuntamiento d[e] ellas
de m(adri)d a treynta de Junio de MDXCV
Juan Gallo de andrada
1. Patricia Quinn Honey, "'Yo El Rey': orders of King Philip II of Spain during the Naval Wars against England and France, 1595" (Masters thesis, Department of Spanish and Portuguese, Brigham Young University, 1997), p. 71. Concuren here and [conste] in the previous line are both Honey's readings, and I cannot do any better.