portugal de navarra de granada de T(ole)do de valen(çi)a de galiçia de mallorcas de sevi(ll)a de serdeña de cordova
de corçega de murcia de Iaen de los algarves de algezira de gibraltar de las yslas de Canaria de las yndias Orien
Tales y oçidentales yslas y tierra firme del mar oçeano archduq(ue) de austria duq(ue) de bor
goña de brav(an)te y milan conde de abspurg de flandes y de tirol etc(eter)a a vos diego de orellana
de chaves n(uest)ro corregidor de las quatro villas de la costa de la mar salud y graçia sepades que Ju(an)
Naranjo vezino de la çiudad de [Ronda] nos hizo rrelaçion diz(ien)do que por aver sido v(uest)ro fiador El t(iem)po
que aviades sido correg(id)or en la d(ic)ha çiudad avia pasado y gastado por vos treynta y siete mill
y dusçientos y ochenta y çinco m(a)r(avedi)s de que la Just(ici)a de la d(ic)ha çiu(da)d de [Ronda] avia dado tres cartas
Requisitorias para que por la d(ic)ha quanti(da)d se hiziese ex(ecuci)on En v(uest)ros Bienes y siendo
vos Tal n(uest)ro corregidor en las d(ic)has villas las d(ic)has rrequisitorios no Tendrian cumplimi(ent)o
si no se cometian a Un comarcano suplicandonos le mandase(m)os dar n(uest)ra carta y Provj(si)on comen
da al correg(ido)r mas çercano para que cumpliese las d(ic)has rrequisitorios y le hiziese pago
del prinçipal costas y salarios d[e] ellas de qualesquier esos Bienes para lo qual hizo de
mostraçion de las d(ic)has rrequisitorias para que se viesen como heran Justificadas o [que ?
ello] proveyerse Como la n(uest)ra m(e)r(ce)d fuese lo que visto por los del n(uest)ro q(onsej)o fue acordado que
de dia(?)os mandar dar esta n(uest)ra carta para vos con la d(ic)ha rrazon e nos tuvimos lo por bien
Por la qual os ma(ndam)os que dentro de diez dias prime(r)os sigu(ent)es como con ella fuere del rreque
rido deys y Pagueys al d(ic)ho Ju(an) naranjo o a quien su poder [ ? ] los d(ic)hos Treinta y siete
mill y doçientos y ochenta y çinco m(a)r(avedi)s costas y salarios de que de suso se haze m(?)on (1) y si
dentro de los d(ic)hos diez dias no se los dieredes y pasaredes por esta n(uest)ra carta ma(ndam)os al n(uest)ro co
rreg(id)or del n(uest)ro señorio de vizcaya que rreside en la v(ill)a de vilvao o a su lugar Tiniente que hor
dinariam(ent)e con el rreside que constandole que el d(ic)ho or(?)no copas(?)o y no aveys cump(li)do lo susod(ic)ho
vaya con bara de n(uest)ra just(ici)a a las d(ic)has quatro Villas de la Costa de la mar y a las demas p(ar)tes
donde fuere nesces(ari)a y bea las d(ic)has cartas Requisitorias de que de suso se haze m(?)on y con
forme a ellas os compla y [apresme] por todo rrigor de d(e)r(ech)o a que luego se los deje y pague y
en lo qual pueda estar y se ocupar ocho dias o los que menos fueren menester [ya]
y ay lleve de sal(ari)o o en cada uno de los que en ello se ocupare qui(nient)os m(a)r(arvedi)s y para un alguazil qual
por el fuere nombrado que ma(ndam)os vaya para executar las mandam(ient)os dusçientos y çinq(uen)ta
m(a)r(avedi)s y Para un scrivano del min(isteri)o de la d(ic)ha v(ill)a de bilvao que Tenga tit(ul)o de n(uest)ro scriv(an)o ante quien
ma(ndam)os que pase lo susod(ic)ho çiento y treinta y seis m(a)r(avedi)s demas y aliende de los d(e)r(ech)os de los autos
scripturas y presentaçiones dell(?)o que ante el pasaren los quales ay ay lleve conforme
al arancel nuevo de mis Rey(n)os por donde los scriv(an)os d[e] ellos han de llevar sus d(e)r(ech)os los quales y lo
que llevare asiente en fin de lo que diere sig(na)do so pena de pagado que de otra manera
llevare con el quatro tanto para la n(uest)ra Cam(ar)a los quales d(ic)hos m(a)r(avedi)s del d(ic)ho su sal(ari)o y del
d(ic)ho alguaçil y scrivano ma(ndam)os ay lleve y le sean dados y pasados por vos el d(ic)ho di(eg)o orella
na de chaves y v(uest)ros bienes luego que por el os fueren pedidos y Requirido y si no
se los dieredes y Pagaredes mas que aunque sea pasado el tr(?)o d[e] esta n(uest)ra carta os pueda
hazer entrega y ex(ecuci)on por los d(ic)hos salarios y d(e)r(ech)os y llevar y lleve otros tantos m(a)r(avedi)s
como si entendiese en el neg(oci)o prinçipal q(ue) para los haver e cobrar y Para
hazer sobr[e] ello Todas las prendas p(ar)a mis trançes y Remates de Bienes y exe
cuçiones que neçesarias sean de rehazer y Para Todo lo otro que d(ic)ho es Por esta n(uest)ra
carta le da(m)os poder cumplido son todas sus yniçidençias y dependençias a [mexidades]
y [Comexidades] y en el entretanto que en lo susod(ic)ho entendiere y Por virtud es
Ta n(uest)ra Carta llevare sal(ari)o no lleves otro a [e]l sino por virtud d[e] estas n(uest)ras Cartas
de Comision q(ue) por nos hayan sido o sean cometidas y si para hazer y cum
plir lo susod(ic)ho favor y ayuda o m(e)r(ce)d menester por esta n(uest)ra Carta ma(ndam)os
a Todos los conçejos corregidores asistente governadores alcaldes mayores
y ordinarios y otros jueçes y Justiçias qualesquiera de todas las çiuda
des villas y lugares d[e] estos n(uest)ros Rey(n)os y señorios a quien de n(uest)ra p(ar)te lo pidie
re que se lo den y hagan dar tan cumplido como se lo pudiera y me
nester donde so las penas que de n(uest)ra p(ar)te les pusiere lo mandare poner
las quales nos por la pres(en)te les ponce(?)o y avie(nd)o por puestas y por condenados
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1. The phrase se haze m(?)on is repeated another five lines further on, with the same abbreviation. Of the collection, this letter had the most difficult abbreviations for me, and there are still several I have not figured out. Any feedback would be helpful…