Haviendo el ano passado de qui(nient)os y ochenta y nueve mandado q(ue) en los puertos
de las villas de Vilvao y Santander se fabricassen por qu(en)ta de mi Haz(ien)da doce
Galeones Hordene a don Juan de Cardona de mi Consejo de la Guerra Hallandose
al Tiempo en la d(ic)ha Santander q(ue) hiçiesse poner Mano en ello encomendando
la fabrica en la una y otra parte A perssonas platicas y esperimentadas que
prinçipalmente la Tubiessen A Su Cargo y atendiessen a todas las cossas
Tocantes a ella y para la q(ue) en Santander se havia de Hacer nonbro a fern(an)do
de la ribaherrera mi Criado y ha avido Tanbien perss(on)as q(ue) han tenido libros
quenta y razon de la Haz(ien)da q(ue) en la d(ic)ha fabrica se ha gastado y pag(a)do y Then(ed)or
en cuyo poder han entrado el dinero bastim(en)tos muniçiones y pertrechos q(ue) an
sido menester para ella Todos ellos Con Salarios q(ue) se les senalaron y havi
endose acavado con la d(ic)ha fabrica y las demas Cossas q(ue) Tocavan a ella ha
pareçido por escussar costa superflua q(ue) se reformen y cessen los d(ic)hos sa
larios assi el q(ue) tenia el d(ic)ho fern(an)do de la ribaherrera como los de los demas
perssonas referidas y assi os hordeno y mando q(ue) luego q(ue) esta resçivais
sin dilatarlo hagais notificar a los d(ic)hos Fern(an)do de la ribaherrera y a la per
ssona q(ue) tiene los libros de la quenta y razon de la d(ic)ha fabrica y a las q(ue) han
sido pagados y Thenedor de bastimentos muniçiones y pertrechos d[e] ella
q(ue) se tengan por despedidos para q(ue) no Gozen ni puedan llebar ni se les pague
de alli adelante salario ninguno por Razon de la ocupaçion q(ue) cada uno
d[e] ellos aya Tenido en lo susodicho y enbiareis Testimonio de Haverlo cun
plido A manos de esteban de Ibarra mi s(ecreta)rio y hecha la d(ic)ha Reformaçion
dareis horden en q(ue) si algun dinero hubiere sobrado en poder de la persona
q(ue) ha servido de haz(ien)da assi por esta quenta como por otra q(ua)lquiera q(ue) lo
entregue al depositario General de essas d(ic)has quatro Villas Con ynterbençion
del escrivano de Arm(a)das q(ue) ay en ellas para q(ue) le haga cargo d[e] ello y los
bastim(en)tos muniçiones y pertrechos q(ue) hubieren sobrado y estubieren en poder