vereys la resoluçion que e tomado sobre la milicia g(e)n(e)ral que conviene establecer en estos Rey
nos aqui ap(ar)te e querido advertiros que ninguno De los que sirvieren en esta milicia a de ser constreñido
a salir fuera del Reyno contra su voluntad y asi lo podreys vos declarar si vieredes que conviene
que lo entiendan desde luego y quando los ayuntamientos embiaren la memoria de las personas
que propusieren para capitanes vos me avisareys ap(ar)te De lo que saveys y sentis de cada uno
Y Porque para el exerciçio y conservacion d[e] esta milicia sera necessario hazer Algunos gastos y
Conviene saver que forma abra en essas villas para acudir a ellos os encargo y mando que con toda
disimulacion procureys saver los propios que tienen lo que balen de Renta lo que sobre ellos
esta cargado en cada un año y para que cossas lo que sobra y de que arbitrios se podrian valer para
este effecto sin daño de la republica y que summa se podria sacar y con mucho secreto y brebedad
me embiareys Relacion particular d[e] ello De s(an) lorenço A Diez de Sep(tiembr)e de 1596 a(ñ)os
Por man(da)do del Rey n(uest)ro señor
Andres de prada
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de diez de 7(iem)bre sobre lo tocante a la miliçia ge
neral en partiqular
Por El Rey
Al Su correg(id)or de las quatro Villas
de la Costa de la mar