breis entendido que levante en essas villas y su Jurisdiçion el mayor numero de marineros que fuere pos
sible para servir en el armada del mar Oçeano porque aunque es asi que las vezes que a bos se os ha
encomendado la d(ic)ha leva la aveis hecho con satisfaçion aviendo agora considerado que podriades ha
zer falta a la puntualidad que las cargas de v(uest)ro oficio requieren y que por esta razon es conviniente re
servaros d[e] este travajo he mandado tomar esta resoluçion de que he querido advertiros y encargaros
y mandaros como lo hago que deis al d(ic)ho capitan Oçina todo el ayuda y asistençia que para la exe
cuçion de lo que se pretende fuere menester procurando que todos los marineros que huviere en ese corre
gimiento se acomoden a servirme en esta occasion pues han de ser bien tratados y pagados y en caso que lo
rehusaren los compellereis a ello por la via que os paresçiere no dando lugar a las desordenes y contenplacio
nes que ha avido por lo passado reservando a los que son de serviçio y forçando a que Vayan en su lugar
los de menos consideraçion y sobre todo lo aveis de tener muy particular en no consentir que para este efecto
se aliste ni resçiva por ningun casso gente de lugar contagioso ni sospechoso y porque se ha entendido que es
tan en sus cassas muchos de los marineros que el año pasado se alistaron ay para servir en la d(ic)ha Arma
da de donde se han ausentado sin liçençia y sin haver servido las pagas que resçivieron que como ya se os
ha escripto son dignos de castigo hareis luego diligençia para saver los que son y en que partes y lugares se
Hallan poniendo mucho cuydado en que sean avidos y castigados con la demostraçion que conviene y de lo
que en lo Uno y lo otro hizieredes me dareis avisso en Madrid A xxj de Abril 1597
por man(da)do del Rey n(uest)ro señor
Estevan de ybarra
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21 de abril sobre la leva de marineros
Por el Rey
A su corregidor de las quatro Villas de la costa
de la Mar