cartas de 4 y 11 d[e] este se an rrescivido y Visto por Una de las de 4 como por ser limitada
la comision del Juez de Sacas se avia dado prisa a sentenciar las causas de los que an ven
dido a estrangeros los navios de presa que an hecho y no heran de provecho para la guerra
y ordeno que de aqui adelante no los vendan y os ordeno y mando que sin embargo de la
sentençia del dicho juez guardeys la orden que antes estava dada que ansi es mi voluntad
Queda entendido las diferençias que ay sobre el navio cargado de mercaderias que traxo
a esse puerto por Via de presa Saubat de Comba françes con el que anda en coso en que
procedereys Juridicamente y avisarme eys lo que se hiziere
Ha se visto lo que dezis en quanto a la buelta de las pinaças que estavan en blaya y a la g(en)te
De mar que en ellas vino y se mirara y prove[e]ra en ello lo que convenga
Pues avisays que teneys averiguado lo de las desordenes que se ha dicho an cometido en
bretaña algunos de los armadores de ese corregimiento me Imbiad la Informacion
d[e] ello para q(ue) Visto se provea lo que convenga
Procurarse a dar orden en prov[e]er dinero para la paga de lo que se deve a los soldados del fuerte
De San martin y para ello Imbiareys Relacion de lo que monta
En lo de la detençion que avisays se ha hecho por orden de don Juan Velazquez de Uno
de los navios de las dichas armadores se mirara y a su tiempo se os avisara lo que çerca
d[e] ello se huviere ordenado De San Lorenço A xxv De octtubre 1593
Por man(da)do del Rey n(uest)ro señor
Andres de prada