el General Martin de Vertendona scrive que muchos Vezinos de la Villas de Sant
ander encubren en sus casas la gente del armada y que aunque V(uest)ro Theniente a su
instançia tiene Mandado que ninguno la encubra so pena de 6 U maravedis no basta
y Porque esto es en deserviçio mio os ordeno y Mando que Hagays pregonar que todos
los que tuvieren soldados o marineros del armada en sus casas lo manifiesten so pena
que el que encubriere alguno sera castigado y demas d[e] esto les hechareys alguna pena
Pecuniaria la qual executareys en los que Incurrieren en el delicto que ansi conviene
a mi Servicio De sanct lorenço A 2 De Agosto 1593 a(ñ)os
Por man(da)do del Rey n(uest)ro señor
Andres de prada
de 2 de ag(os)to 1593
p(ar)a pregonar que nadie emcubra soldados y
marineros
Por El Rey
A Diego de Orellana de chaves su correg(id)or
de las quatro vi(ll)as de la Costa de la Mar