De çubiaure a cuyo cargo estan los filibotes de mi armada en la costa De bretaña scri
ve de q(ue) de los marineros y soldados que saco d[e] este corregimiento se le an huydo mu
chos y que combiene poner Remedio en ello p(ar)a q(ue) de todo punto no queden desampara
dos los navios y porque este es casso digno de rremedio y en que Importa azer demostra
cion para castigo de unos y exemplo de otros os encargo mucho y mando que en Reciviendo
esta agais diligençia en inquirir y saver en esse corregimiento los marineros que se an
buelto de los dichos filibotes sin licençia y que a los que allaredes d[e] esta manera los
prendays y condeneys como a desertores De la miliçia en las penas que por las leyes
d[e] estos mis reynos estan estableçidas e yo tengo ordenado por çedulas particulares mi
as sin perdonar a nadie por ningun rrespecto y que en lo de adelante esteys con el mis
mo cuydado y ordeneys a Vuestros tenientes que le tengan en saviendo que alguno
se a buelto de prenderle y avisaros d[e] ello y a los que appellaren de Vuestras sen
Tençias les otorgareys las apellaçiones en lo que hubiere lugar De d[e]recho p
consejo de guerra y no para otro tribunal alguno que anssi combiene a la buena dis
ciplina de la miliçia y administraçion De la justiçia De Açeca A 26
de Mayo de 1593
Por man(da)do del Rey n(uest)ro señor
Andres de prada
de 26 de mayo 1595
Para Castigar los marineros y soldados
q(ue) se uvieron venido de los navios de
Çubiaur
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Richard Hacken, European Studies Bibliographer,
Harold B. Lee Library, Brigham Young University, Provo, Utah, USA.
Transcription by Kristin Richardson.
Suggestions, corrections and comments are welcome: kristinanded@prodigy.net
Last Updated: February 2000.