Philip II , King of Spain
Letters

29 November, 1592

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El rey

Mi correg(id)or de las quatro Villas de la costa de la mar q(ue) al press(en)te soys y adelante fuere por parte

de madama madre del serenissimo don Ju(an) de Austria mi muy charo y muy amado hermano

qu[e] esta en gloria me a ssido hecho relazion que ella tiene de mi en cada un año tres mill ducados

sobre las mis alcavalas yo trae rentas de los nueve valles del duque del ymfantado los

quales se le [hascian] de pagar por terçios de quatro en quatro meses y que todas las vezes q(ue) a de

cobrar lo que de cada terçio a de hascer tiene neçessidad de embiar a mi corte por sobrecartas

y otros recaudos y aunque las lleba se le hazen tantas molestias que para haver de cobrar cada

terçio gasta la mitad de lo que en el se monta supp(lico)me que para remedio de lo susod(ic)ho y de los

agravios que en ello se la hazian mandase darle çedula mia para que qualquier [mi] just(ici)a

la mas çercana a los d(ic)hos balles conociesse del d(ic)ho negoçio y ante el se pudiesse pedir execuçion

y hazer las diligençias que fuessen neçessarias sin que tubiesse neçessidad de occurrir a mi lo q(ua)l

hav(ien)dose visto en el mi consejo de la haz(ien)da juntam(en)te con çiertos testim(oni)os y requierim(ient)os que sobr[e] ello presento

Fue acordado devia mandar dar la pressente por la qual m(an)do a vos el d(ic)ho mi correg(id)or y a los que des

pues de Vos fueren que seais meros Executores d[e] esta caussa y como tales conozcais d[e] ella y

hagais pagar a la d(ic)ha madama los m(a)r(avedi)s que assi huvieredes de haver cada año por sus te(rci)os en la

forma que se le an de pagar proçediendo contra los conçejos y arrendadores sobre quienes tan situa

dos los d(ic)hos tres mill d(ucad)os sin que para la cobranza d[e] ellos tenga neçessidad de occurrir mas a mi

ni a [su] neg(oci)o de mis consejos que yo os doy para ello y para todo lo demas a ello anexo dependiente

tan entero y cumplido poder y comiss(i)on como en tal casso se requiere y m(an)do q(ue) d[e] estas me(moria)les se tome

la razon en los [mis] libros de R(elacione)s para que aya notiçia en ellos de lo en costa mia ha g(asta)do assi es mi volun(ta)d

f(ec)ha en el Pardo A V(ein)te y nuebe de noviembre de mill y qui(nient)os y nov(en)ta y un a(ñ)os

Yo El Rey

Por mandado del Rey n(uest)ro señor

Juan Lopez de Velasco

Para q(ue) el correg(id)or de las quatro Villas de la costa de la mar q(ue) al press(en)te [es] y adelante fuere sea mero ex(ecut)or
para hazer pagar a madama madre del s(eño)r don Ju(an) los tres mill d(ucad)os que tiene cada año sobre las rentas
de los nuebe valles


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Richard Hacken, European Studies Bibliographer,
Harold B. Lee Library, Brigham Young University, Provo, Utah, USA.
Transcription by Kristin Richardson.
Suggestions, corrections and comments are welcome: kristinanded@prodigy.net
Last Updated: February 2000.